Lucro en la educación superior

May 15, 2018 | Columna, Educación

La eliminación del artículo 63 de la nueva Ley de Educación Superior puso otra vez en el tapete el lucro como algo inaceptable para la gran mayoría. Lamentablemente, saber con certeza las consecuencias del lucro en la educación es una cuestión empírica que no está resuelta del todo, y vociferar como si lo estuviese, tampoco ayudará a esclarecerla. Sin embargo, la teoría económica da algunas luces al respecto.

Lo primero es considerar que la educación no es un bien como cualquier otro: genera externalidades, su calidad no es verificable, y no es alienable. Por otro lado, la oferta de este bien requiere altas inversiones en activos tangibles e intangibles y permite un grado importante de diferenciación.

La competencia entre universidades inducirá a diferenciación entre sus ofertas, con el fin de atraer más estudiantes. Dado que la calidad de la educación no es verificable, esta diferenciación se logrará, en gran medida, a través de atributos observables, como la calidad de la infraestructura, en vez de atributos no observables, como la calidad de la educación/investigación.

Si a ello sumamos el hecho de que la educación no es alienable, si se adquiere educación de baja calidad, esta no puede ser vendida para recuperar parte de la inversión. Todo esto hace que la competencia no garantice educación de calidad, ni menos aún que los alumnos reciban lo que se les promete. El costo de esto último es extremadamente alto, puesto que se paga por toda la vida.

Si las universidades fueran todas con fines de lucro, el aumento en la intensidad de la competencia resultaría en mejoras en la calidad, dado que elevar la calidad para competir es más rentable que disminuir el arancel.

Si, en cambio, las universidades sin fines de lucro coexisten con aquellas con fines de lucro, la varianza en aranceles y calidad será mayor, con el consiguiente aumento de la segregación de alumnos de acuerdo a la calidad de los planteles. Si además se regulan los aranceles de las instituciones sin fines de lucro y estos no son suficientes para cubrir los costos de mejoras en calidad, como actualmente ocurre, ella será aún menor y la segregación aún mayor. Por ende, el no lucro no garantiza calidad, y puede resultar en todo lo contrario y en un alto grado de segregación.

Lo adecuado parece ser una fuerte regulación basada no solo en métricas objetivas, como cantidad de profesores con doctorado o número de publicaciones o procesos administrativos determinados, sino que también incorporando variables subjetivas relacionadas con la experiencia universitaria de los alumnos, profesores y empleadores.

El lucro debería estar prohibido, como lo sigue estando; los aranceles no deberían regularse, y el Estado debería proveer financiamiento no discriminatorio a través de fondos concursables y directos en base a la calidad de la educación e investigación. El no lucro obligará a reinvertir los fondos, y no regular los aranceles permitirá cubrir los costos de una mayor calidad. La competencia en estas condiciones sí garantizará que la mayor parte de los fondos vaya a calidad. El financiamiento de los alumnos debería ser a través de créditos con aval del Estado y condicional a métricas relacionadas con sus méritos.

Felipe Balmaceda M.
Investigador Instituto Milenio MIPP
Académico de la Facultad de Economía y Empresa UDP

 

Esta columna fue publicada en el diario El Mercurio

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